¿Guardia Nacional militar por decreto Presidencial?

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Alethia Hernández

Hace un par de días, el Presidente de México, Licenciado Andrés Manuel López Obrador, informó que emitirá un acuerdo respecto de la Guardia Nacional, en donde citaba que ésta, pase a integrarse a la Secretaría de la Defensa Nacional.

Y con ello, contraviniendo el orden constitucional, ya que este acuerdo, no pasaría por el Poder Legislativo para su aprobación.

Algo que ha causado mucho revuelo, y que al no aclararse, provoca todo tipo de reacciones.

Desde las que dicen que están militarizando al país, como otras (a favor) que manifiestan que, por tener mando civil, en este caso, el mismo Presidente, lo puede hacer.

Políticos y especialistas han manifestado que este “decretazo” anunciado por el Presidente de México, viola flagrantemente la Constitución.

Pero veamos lo que nos dice la Carta Magna al respecto y lo que las leyes refieren:

De acuerdo con el artículo 21 de la Constitución, la Guardia Nacional no puede depender de la SEDENA, como se ha planteado. en su inciso e):

“La Federación contará con una institución policial de carácter civil, denominada Guardia Nacional, cuyos fines son los señalados en el párrafo noveno de este artículo, la coordinación y colaboración con las entidades federativas y municipios, así como la salvaguarda de los bienes y recursos de la Nación”

Estipula de igual forma que la Ley determinará la estructura orgánica y la dirección de la Guardia Nacional, que estará adscrita a la Secretaría del Ramo de Seguridad Pública.

Creo que esta muy claro lo que la Ley Suprema dicta, y por ello, debería ser respetada, además como ya hemos leído anteriormente, las violaciones a derechos humanos que se cometen por parte del ejército al realizar labores de seguridad son atroces y van en aumento, cuanto más con la Guardia Nacional bajo mando militar se violaran.

Y ante esta preocupación, es momento de que la Comisión Nacional de Derechos Humanos se pronuncie a favor de los Derechos Humanos, y de un mando civil.

Aunque expertos han señalado la inconstitucionalidad de este decreto, será en la Suprema Corte de Justicia de la Nación donde se decida la inconstitucionalidad del mismo.

Sin embargo, el problema no es únicamente el decreto que propone el Ejecutivo, sino que con ello, está rompiendo el orden constitucional y de división de poderes, al no esperar que esta iniciativa o acuerdo, llegue al Congreso de la Unión y sean los legisladores quienes la rechacen o la acepten.

Es muy peligroso para la República realizar este tipo de acciones en tiempos tan difíciles económicamente, socialmente y por supuesto, políticamente.

Alethia Hernández