Detenido el proceso del Ejido Pino Suárez de Tulum, no se admiten amparos.

¡Ejidatarios buscan apoyo legal en las instituciones correspondientes! Piden al presidente Andrés Manuel López Obrador, se trate este caso del Ejido de Pino Suárez. 

El expediente conformado por las pruebas presentadas por ejidatarios del ejido José María Pino Suárez de Tulum, Quintana Roo, ya se encuentra en manos del Ministro Presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea en su carácter de Presidente del Consejo de la Judicatura Federal, así como de los Consejeros, Sergio Molina Martínez, Eva Verónica de Gyvés Zárate, Bernardo Bátiz Vázquez, Alejandro Sergio González Bernabé y Jorge Antonio Cruz Ramos y Loretta Ortiz Ahlf, desde el día 26 de noviembre.

Así como el que contiene pruebas y fundamentos legales que acreditan el fraude que las empresas Land Managentent, S.A. de C.V. y Grupo Alfil Construcciones, S.A. de C.V, se encuentra desde el día 02 de diciembre en las manos de cada uno de los 11 Ministros que integran la Suprema Corte de Justicia de la Nación por tratarse de los máximos impartidores de justicia de este país.

Los ejidatarios llevaron este expediente a la oficina de Leticia Ramírez, directora de atención ciudadana de la presidencia de la república con el objetivo de que el presidente Andrés Manuel López Obrador los atienda en su petición de justicia.

El caso del ejido José María Pino Suárez, Mpio. De Tulum, Quintana Roo, no ha avanzado ya que los Magistrados Jorge Mercado Mejía, Leonel Jesús Hidalgo, Alfonso Gabriel García Lanz, Gerardo Dávila Gaona y Laura Granados Guerrero, se empeñan en no admitir a trámite los Amparos Directos promovidos por el Nuevo Centro de Población Ejidal José María Pino Suárez; únicamente les dieron los expedientes provisionales 545/2021 y 564/2021, mediante un acuerdo publicado el día 08 de noviembre del año en curso, trámite que no lleva más de tres días hábiles, sin embargo, los citados magistrados ya lo han prolongado más de 40 días.

Los firmantes señalan que “no hay pretexto para solapar la conducta de los citados magistrados de los Tribunales Colegiados de Circuito Primero y Tercero con sede en Cancún, Q. Roo, por lo que los Consejeros deben de cumplir con la obligación que les impone el segundo párrafo del artículo 94, Constitucional el cual establece que la vigilancia y la disciplina del poder judicial de la federación estarán a cargo del Consejo de la Judicatura Federal a excepción de la Suprema Corte, ya es tiempo de que vayan haciendo uso de la fracción XI del artículo 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación”.

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